La Estrella / 29 de noviembre de 2011 / Opinión
Minería metálica a cielo
abierto
Eduardo Flores Casto
Catedrático de la
Universidad de Panamá
Minería a cielo abierto es la extracción de minerales que se desarrolla en
la superficie del terreno. Para la explotación de una mina a cielo abierto, es
necesario excavar, con medios mecánicos o explosivos, los terrenos que recubren
la formación geológica que forma el yacimiento. El material excavado no útil,
se apila fuera de la mina, para la restauración terminada la vida del
yacimiento.
La minería a cielo abierto del oro implica extraer la roca superficial y llevarla a pequeñas dimensiones. Montañas enteras son convertidas en rocas y luego trituradas, hasta pulverizarlas. Para extraer el mineral deseado, se mezcla la roca pulverizada con un caldo químico con compuestos de cianuro, para producir la lixiviación del oro y facilitar su separación. En este proceso emplean grandes cantidades de agua y energía eléctrica.
Según la National Wildlife Federation de EE.UU., la extracción mineral por lixiviación con cianuro presenta las siguientes preocupaciones:
1. La extracción de millones de toneladas de rocas en las minas a cielo
abierto, tratadas con grandes cantidades de solución de cianuro, pone en
peligro el hábitat natural, las cuencas hidrográficas y puede redundar en
riesgos a la salud;
2. Las aves pueden ser atraídas por los espejos de agua de los estanques
con compuestos de cianuro, y morir;
3. Después de la lixiviación, el cúmulo de mineral ya procesado contiene
todavía vestigios de solución de cianuro. Uno de los procedimientos para
limpiar el mineral es enjuagarlo con agua fresca hasta que la concentración de
cianuro baje. Si no se enjuaga correctamente el mineral, el cianuro residual
puede seguir filtrándose al ambiente.
Los dos tipos más comunes de escapes de cianuro al ambiente en operaciones de extracción por lixiviación, una amenaza a las aguas subterráneas, son:
1. La filtración de las geomembranas colocadas debajo de los cúmulos y los
estanques, debido a diseño inadecuado, defectos de manufactura, incorrecta
instalación o daños producidos durante el proceso de operación;
2. El derrame de las soluciones de cianuro de los embalses de
almacenamiento, que puede ocurrir por efectos naturales, como sismos; o por
accidentes humanos, como descuidos en los protocolos de seguridad.
El transporte de sólidos por las escorrentías tiene como destino final los cuerpos de agua. Esto provoca el deterioro de las aguas por turbiedad debido al arrastre de residuos; pérdida de la biota acuática, pues los contaminantes interfieren en los sistemas respiratorios de animales y plantas; y la afectación de importantes ecosistemas como el coralino y los estuarios, grandes propulsores de vida marina.
Los suelos tropicales son extremadamente vulnerables, luego de la pérdida de la cobertura vegetal y del suelo rico en nutrientes, quedan superficies que se pierden por las frecuentes precipitaciones. Los bosques son el sostén y los grandes administradores del agua. En algunos países donde se desarrolla la minería a cielo abierto, la riqueza biótica es limitada. Muy distinto es en Panamá, en donde los yacimientos de minerales metálicos están fundamentalmente en lugares con una abundante flora y fauna.
Si la preocupación de los gobiernos es la obtención de recursos económicos para el país, me atrevo a asegurar que un manejo sustentable de nuestra rica biodiversidad generaría mucho más ingreso que el cinco por ciento de las ganancias de las empresas mineras. Pareciera que se desconoce el valor del patrimonio biótico, paisajístico, cultural y del agua de nuestra nación.
La conservación y el aprovechamiento razonable de nuestras riquezas, son los pilares para construir un Panamá custodio y administrador de su patrimonio natural para las generaciones futuras. Ni todo el oro, plata o cobre del mundo podrán recuperar nuestra biodiversidad. Si priorizamos la vía económica a través de la explotación minera metálica a cielo abierto, ponemos en peligro el agua y la biota que son nuestros principales recursos económicos.
Ofertemos al mundo un Panamá Verde. Entreguemos a los panameños por venir, suelos sin residuos tóxicos, y cuerpos de agua con galerías de bosques y sin descargas de aguas residuales. Exijamos la creación de una ley que prohíba la minería metálica a cielo abierto en Panamá, tal como lo hizo Costa Rica en el año 2010.
La
Prensa / Opinión / 11 de septiembre de 2014
Prohibamos
la Minería Metálica a Cielo abierto
Dr. Eduardo Flores Castro
Doctor
en Ciencia de Materiales
Nuestro país ya tiene experiencias
negativas en la minería metálica a cielo abierto como es el caso de la Mina
Santa Rosa en Cañazas de Veraguas. Después de alegar dificultades económicas,
la empresa no cumplió a cabalidad el protocolo de cierra de la mina contemplado
en el estudio de impacto ambiental, causando perjuicios la salud, a las aguas y
las actividades económicas de las poblaciones aledañas.
De igual manera, tenemos el caso de
la mina de Cerro Quema en Los Santos, en donde la población ha denunciado la
contaminación del río Quema. Esto ha
provocado que en varias ocasiones los moradores de estas áreas hayan solicitado
el cierre de esta mina.
Además, parte de las minas ubicadas
en la provincia de Colón, están sobre el corredor biológico mesoamericano, impactando
negativamente la rica flora y fauna, y los acuíferos de la región, causando que
en la provincia se hayan presentado denuncias y protestas. De igual forma los pobladores de las comarcas
han rechazado heroicamente los intentos de las mineras de iniciar la
explotación de estas áreas.
Nuestro país no tiene vocación
minera, nuestro verdadero tesoro es nuestra rica biodiversidad y nuestra
reservas de agua. En función de esto hemos presentado en la Oficina de
Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional, la propuesta de anteproyecto
de ley: “Que prohíbe la minería metálica a cielo abierto en toda la República
de Panamá”. En ella, se ordena que “No
se otorgarán permisos ni concesiones para actividades de exploración y
explotación de minería metálica a cielo abierto en el territorio nacional.”
Previendo que nuestro país se
convierta en planta de tratamiento con químicos contaminante, las ley establece
que queda “prohibido la utilización de actividades que utilicen técnicas de
lixiviación con cianuro y/o mercurio en minería, y el uso inadecuado de
sustancias peligrosas, de conformidad con lo establecido por la Organización
Mundial de la Salud”.
Para garantizar la sostenibilidad
de las comunidades en donde se tenía pensado desarrollar actividades de minería
metálica, se establece que en un plazo de tres años, el Estado procurará los
esfuerzos necesarios para promover alternativas productivas como el turismo, la
agricultura sustentable y las artesanías.
Esta propuesta de anteproyecto de
ley es respetuosa con la seguridad jurídica, ya que señala que se garantiza “Los
derechos de concesión adquiridos en cumplimiento de todos los requisitos de las
normativas nacionales, con anterioridad a su entrada en vigencia de esta ley”. Pero que todos los trámites relacionados con
permisos de exploración y concesiones de explotación para realizar actividades
de minería metálica a cielo abierto, que se encuentren pendientes de resolución
ante El Ministerio de Comercio e Industria y/o ante la Autoridad Nacional del Ambiente
a la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ley, deberán ser
archivados. Además, ningún permiso o concesión para minería metálica a cielo
abierto será renovado o prorrogado, después de haberse extinguido estos por
cualquier motivo, de conformidad con la legislación que los regula.
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